30/06/2026
Facturación para fisioterapeutas autónomos: cómo hacer una factura correcta
Cómo factura un fisioterapeuta autónomo en España: datos obligatorios, IVA exento, retención de IRPF, facturas a clínicas y a pacientes, y errores frecuentes que revisa Hacienda.
Facturar bien es lo que separa a un autónomo tranquilo de uno con sustos en la próxima declaración. Para un fisioterapeuta hay dos particularidades que confunden a mucha gente: la exención de IVA y la retención de IRPF. Esta guía explica cómo hacer una factura correcta según a quién le factures.
Datos obligatorios de toda factura
Da igual a quién factures, estos datos no pueden faltar:
- Número de factura correlativo y fecha.
- Tus datos: nombre, NIF y dirección.
- Datos del destinatario (paciente o clínica) con su NIF.
- Descripción del servicio (p. ej. "sesiones de fisioterapia").
- Base imponible, IVA (o mención a la exención) y, si procede, retención de IRPF.
- Total a pagar.
El IVA: exento, no al 0%
Los servicios sanitarios de fisioterapia prestados por un profesional titulado están exentos de IVA. Ojo: "exento" no es lo mismo que "0%". No repercutes IVA, pero tampoco puedes deducirte el IVA de tus compras. En la factura debes indicar la exención (por el artículo 20 de la Ley del IVA). Lo desarrollamos en IVA en fisioterapia: la exención explicada.
Cuidado: si prestas servicios no sanitarios (por ejemplo, quiromasaje puramente estético o bienestar), esos sí pueden llevar IVA. Consulta cada caso con tu gestoría.
La retención de IRPF: solo en facturas a empresas y profesionales
Aquí está la clave que más confunde:
- Factura a un paciente particular: no lleva retención de IRPF. Total = base (sin IVA por la exención).
- Factura a una empresa, otro autónomo o una clínica: debes incluir una retención de IRPF. Ese porcentaje no lo cobras tú: lo ingresa a Hacienda quien te paga, mediante el modelo 111.
Tipos de retención habituales: 15% general, o 7% durante el año de alta y los dos siguientes.
Ejemplo: factura de un colaborador a una clínica
- Servicios de fisioterapia: 1.000 €
- IVA: exento (0 €)
- Retención de IRPF (15%): −150 €
- Total a cobrar: 850 €
La clínica te paga 850 € e ingresa 150 € a Hacienda en tu nombre. Si eres tú quien recibe facturas de colaboradores, ese cálculo es el mismo que ves en cómo calcular la comisión de un fisioterapeuta autónomo.
¿Y mis propios impuestos?
Aunque no cobres IVA, sigues declarando tu IRPF. Si tus clientes son sobre todo particulares (poca o ninguna retención en tus facturas), probablemente tengas que presentar el pago fraccionado trimestral con el modelo 130. Si casi toda tu facturación ya lleva retención, puede que no te toque. Tu gestoría te lo confirma según tu caso.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Numeración con saltos o duplicados. La serie debe ser correlativa.
- Olvidar la retención en facturas a clínicas: luego los números no cuadran con el modelo 111 de quien te paga.
- Cobrar IVA por costumbre en servicios que están exentos.
- No guardar las facturas (emitidas y recibidas): son la base de tus gastos deducibles.
- Mezclar facturas de servicios sanitarios y no sanitarios sin distinguir el IVA.
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